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Nueva facturación por medios digitales en Venezuela

En diciembre de 2024, el SENIAT dictó una norma que, permite a las empresas la facturación por medios digitales y con ello, sustituir la emisión tradicional de documentos fiscales a través del papel.

Se trata de la Providencia Administrativa SNAT/2024/000121 que se publica en la Gaceta Oficial Nro. 43.092 del 19 de diciembre de 2024.

Sobre este tema, la Seccional del Estado Bolívar de la Cámara de Comercio Venezolana Italiana, dictó en febrero de 2025, un taller de inducción, exclusivo para los miembros de la institución gremial y está ofreciendo asistencia a sus socios, en esta materia.

Antes, la opción de emitir facturas por medios digitales, estaba planteada en la norma precedente, solo para algunos sectores de la economía. Ahora esto se ha ampliado, aunque han dejado por fuera a algunos actores.

Para algunos, el nuevo régimen de factura por medios digitales será opcional, pero para otros será obligatorio.

Desde el primero de marzo 2025, la adopción de facturas digitales, es obligatoria para quienes, estando obligados ya a usar las máquinas fiscales, realicen operaciones comerciales a través de medios electrónicos o portales web. Ya que las operaciones que realicen estos, que correspondan al comercio electrónico, deberán documentarse a través de facturas emitidas por medios digitales y no por las facturas físicas que emiten las máquinas fiscales. Estos obligados podrán ser tanto personas jurídicas, como personas naturales.

Otros que, desde esa misma fecha, están obligados a emitir sus facturas y otros documentos fiscales, a través de medios digitales, son quienes exclusivamente realicen sus operaciones comerciales, a través de medios electrónicos y portales web. Igualmente, esto aplicará tanto a personas naturales, como a personas jurídicas.

En cambio, las personas jurídicas que no estén obligadas a usar de forma exclusiva la máquina fiscal autorizada por el SENIAT para generar sus facturas y otros documentos fiscales, podrán optar voluntariamente por el uso de los medios digitales. En este caso, se excluyó de esta opción de emisión de facturas por medios digitales, a las personas naturales de cualquier sector económico.

La norma dictada por el SENIAT establece una serie de requisitos que deben cumplir los que, tanto obligados como voluntariamente, adopten los medios de emisión digital de facturas y otros documentos fiscales. Estos requisitos están previstos en los artículos 17, 18 y 19 de la Providencia Administrativa SNAT/2024/000121; dentro de los cuales se encuentra, la obligación, en este caso, de contratación de una Imprenta Digital, autorizada por el SENIAT.

La emisión de facturas por medios digitales, implica para muchos contribuyentes, una forma ágil y mucho más económica de generar y entregar sus facturas, notas de crédito, notas de débito, órdenes de entrega, guías de despacho y hasta los comprobantes de retención de impuestos.

Un vendedor, desde su celular, conectado a los servidores de la empresa, de forma segura podrá generar la factura que será remitida digitalmente al cliente, agilizando los procesos de cobranza y reduciendo el costo asociado a la generación, manejo y archivo de los documentos de papel.

Muchas empresas han realizado importantes avances en la digitalización de sus procesos, especialmente en el ámbito administrativo, el de ventas y el tributario, en ese sentido, la factura digital, viene a crear un espacio para profundizar la tarea de acercarnos cada vez más al futuro digital en los negocios.

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